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Para poder realizar una exportación formal
de (Producto demandado) es necesario:
Primero registrarse y obtener una autorización
escrita del Ministerio de Salud Pública y Asistencia
Social, Departamento de Saneamiento Ambiental.
Luego se proceden con los pasos para obtener
los documentos de exportación, en CENTREX (Centro
de Trámites de Exportación) que se detallan
a continuación:
Toda persona natural o jurídica deberá presentar
debidamente llena a máquina la tarjeta de registro
de exportador.
PERSONA NATURAL
Si es persona natural: original y fotocopia del
carné del Número de Identificación Tributaria
(NIT) y Cédula de Identidad Personal o carné de
residente.
EMPRESA
Si es Empresa, original y fotocopia de NIT, Escritura
de Constitución y punto de acta y/o poder, donde
aparezca la representación legal de la empresa
(original y copia).
AMBOS CASOS
Y en ambos casos se deberá presentar original
y fotocopia de las Cédulas de Identidad Personal
y/o cualquier otro documento de identificación
personal aceptado por la legislación nacional
que incluya: firma y fotografía de los funcionarios
autorizados, que firmarán los documentos relacionados
con las exportaciones en nombre de la empresa
y/o persona natural.
Original y fotocopia del carné de contribuyente
IVA, (solo en los casos en que lo hubiere).
Original y fotocopia de autorización previa emitida,
por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia
Social.
Las personas autorizadas en la tarjeta de
Registro de Exportador, son las únicas que podrán
firmar las distintas operaciones que se gestionen
ante el CENTREX, de allí la importancia de que
cuando dejen de trabajar para la empresa o hayan
sido removidos de sus cargos, se notifique inmediatamente
al CENTREX.
SOLICITUD DE EXPORTACION
La solicitud de Exportación es el documento único
para obtener en el CENTREX, los documentos nacionales
e internacionales, para exportar productos tradicionales
(café, azúcar y camarón) y no tradicionales (todos
los demás), hacia el área centroamericana y fuera
de ella.
En el reverso de la Solicitud de Exportación
se encuentran detallados los pasos para completar
cada una de las casillas que la conforman.
TRAMITES SEGÚN TIPO DE EXPORTACIÓN
Exportación Corriente: Son las exportaciones
cuya venta se hace en forma definitiva, de productos
cultivados o elaborados en un 100% en el país
de origen o con un alto componente de valor agregado
nacional (generalmente 30% como mínimo). Aquí
se requiere el producto, según su naturaleza y
el país de destino del mismo.
EXPORTACION TEMPORAL
Se entiende por Exportación Temporal, los bienes
que salen del país por un tiempo limitado, con
la obligación de retornarlos al término del plazo
estipulado. Estos pueden ser: maquinaria, repuestos
para su reparación, envases vacíos, etc.
En la solicitud, en casilla N°4, se marca el
espacio que indica Temporal. Si fuese necesario
se debe presentar una carta explicativa al CENTREX,
en la que se detalle el motivo de la exportación
temporal, su estadía fuera y retorno aproximado
al país.
REEXPORTACION
Es la exportación de bienes previamente importados
y que tendrán como destino otro país, pudiendo
ser el país del cual se importó, pero que el bien
se remite a una persona o empresa diferente del
proveedor original. O resolución del Ministerio
de Hacienda y de Trabajo para la Reexportación
de bienes de capital (maquinaria, equipo, capítulo
84 del Sistema Arancelario Centroamericano).
En la solicitud de Registro de Exportación en
la casilla N°4 debe marcar espacio que indica
reexportación.
EXPORTACION SIN VALOR COMERCIAL
Se entenderá como el envió de bienes para donaciones,
tales como: muestras, bonificaciones, publicidad,
etc.
En la solicitud de Exportación debe presentarse
la factura comercial de Exportación (original
y dos copias), en la cual debe incluirse la descripción
de mercancías y sus respectivos valores en US
dólares.
En la casilla N°4, de la solicitud de Exportación
debe especificarse como una exportación sin valor
comercial. En caso necesario deberá anexar una
nota explicativa de los aspectos más relevantes
de la exportación.
DEVOLUCION DE MERCANCIAS
Se entenderá por Devolución, aquella exportación
total o parcial de bienes previamente importados,
que se devuelven al mismo proveedor y al país
de origen, por no corresponder a las especificaciones
técnicas o de calidad que se habían pedido, o
por deterioro, etc.
En el caso que sea devolución de mercancías que
ingresaron al país, dentro de la Ley de Zonas
Francas y Recintos Fiscales, deberá presentar
una Resolución del Ministerio de Hacienda en la
cual se autoriza dicha transacción.
En la solicitud, en la casilla N°4 se debe marcar
devolución.
REGISTRO DE EXPORTACION
Es el documento único, para la autorización de
las exportaciones fuera del área centroamericana,
que sintetiza todos los requisitos nacionales
e internacionales de las diferentes instituciones
y organismos involucrados en la actividad exportadora.
El original del Registro de Exportación, le servirá
al exportador para presentarlo en la aduana por
donde saldrá la mercadería, además de otros documentos,
que son del manejo del sector gubernamental, tales
como: póliza de exportación, conocimiento de embarque
o guía aérea (según sea el medio de transporte),
factura comercial y otros.
FORMULARIO ADUANERO UNICO CENTROAMERICANO
Este formulario es el único exigible para amparar
las mercancías para el libre comercio en Centroamérica.
Hace las veces de certificado de origen y de factura
comercial y tendrá las características de “Solicitud”,
en tanto no se concedan las autorizaciones respectivas.
Es el documento que se presenta en las aduanas
de país exportador e importador. La información
consignada en este formulario deberá llenarse
a máquina, sin alteraciones, borrones o enmendaduras.
DECLARACION DE ORIGEN
El productor firmará cuando éste no sea el exportador,
anotando en el espacio correspondiente el nombre
del país exportador, si la mercancía es originaria
de este. Para el efecto deberá anotarse el nombre
de la persona que firma, el de la empresa, así
como el cargo que ocupa en la misma.
CERTIFICADO DE ORIGEN
El exportador certifica el origen de la mercancía
a exportar, anotando en el espacio en blanco el
nombre del país y firmando este formulario. Para
el efecto debe anotarse el nombre de la persona
que firma, el de la empresa y el cargo que ocupa
en la misma.
El exportador puede ser a la vez el productor
y en ese caso no necesita Declaración para certificar
el origen de la mercancía a exportar.
CRITERIO PARA CERTIFICAR EL ORIGEN
El criterio de origen le corresponderá a cada
mercancía según el Reglamento Centroamericano
sobre el origen de las Mercancías, como se indica
a continuación, según sea el caso:
- Sea una mercancía obtenida en su totalidad
o producida enteramente en el territorio de
una o más de las Partes Contratantes.
- Sea producida en el territorio de una o más
de las partes Contratantes, a partir exclusivamente
de materias que califican como originarias,
de conformidad con el Reglamento
- Sea producida en el territorio de una o mas
de las Partes Contratantes, a partir de materias
no originarias que cumplan con un cambio de
clasificación arancelaria y otros requisitos,
según se especifica en el anexo 1 del Reglamento
de origen.
- Sea producida en el territorio de una o más
de las Partes Contratantes, a partir de materias
no originarias que cumplan con un cambio de
clasificación arancelaria y otros requisitos
y la mercancía cumpla con un requisito de valor
de contenido regional, según se específica en
el anexo 1 del Reglamento de Origen.
- Sea producida en el territorio de una o más
de las partes contratantes y cumpla con un requisito
de valor contenido regional, según se específica
en el anexo 1 del Reglamento de Origen.
En el Formulario Aduanero Unico Centroamericano,
se consignará el sello y la firma de las autoridades
que el Banco Central o la Ventanilla Unica de
cada país Centroamérica designe como responsable
de otorgar las licencias o permisos de exportación.
VALIDEZ DEL REGISTRO DE EXPORTACION Y FORMULARIO
ADUANERO:
Es importante para el exportador tener presente
que la validez de todo Registro de Exportación
y Formulario Aduanero Centroamericano, es de 30
días, contados a partir de la fecha de su autorización.
Transcurrido este período, para utilizarlo deberá
solicitar su revalidación en el CENTREX.
Cuando no se realice la exportación, el original
y copias del Registro de Exportación o Formulario
Aduanero Centroamericano, así como también todos
los demás documentos autorizados con sus copias,
deberán ser devueltos al CENTREX para su anulación.
CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS PARA PRODUCTOS
DE ORIGEN ANIMAL
Las exportaciones de productos o subproductos
de origen animal, requieren de un Certificado
Zoosanitario (ver anexo 5). Las exportaciones
de productos agroquímicos y veterinarios, necesitan
visado de la Dirección General de Sanidad Vegetal
y Animal, del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Para la emisión de estos certificados, así como
para el visado, el CENTREX dentro de su misión
de facilitar el trámite de exportaciones, cuenta
con Delegados de la mencionada institución. Para
los productos de origen animal, deberá anexar
a la solicitud de Exportación, la certificación
del Médico Veterinario autorizado por la Junta
de vigilancia de esa profesión, que respalda la
sanidad del producto.
CERTIFICADO DE ORIGEN FORMA A
Este certificado se utiliza para exportaciones
hacia los países otorgantes del (SGP) Sistema
Generalizado de Preferencias (ver anexo 6) y hacia
los Estados Unidos de América, mediante la Iniciativa
para la Cuenca del Caribe –CBI- Para las exportaciones
que se realizan dentro de estos dos esquemas,
se debe llenar la forma “A”, en original y 3 copias,
en idioma Inglés o Francés y no debe presentar
borrones, tachaduras, ni enmendaduras.
El certificado de Origen forma A, consta de doce
casillas numeradas y una sin numerar. Las casillas
números 4 y 11, son para uso oficial, por lo que
no deben llenarse. En la casilla que se encuentra
al lado superior derecho, sin numerar, a continuación
de “Referencia N°....”, debe colocar el número
completo del Registro de Exportación autorizado
en CENTREX, que le corresponde. Si la exportación
es dentro del CBI, debe testar la leyenda “Generalized
System of Preferences” e imprimir “CARIBBEAN BASIN
INITIATIVE”.
CERTIFICADOS DE ORIGEN PARA OTROS PAISES
El CENTREX, extiende un Certificado de Origen
que el exportador presentará en aquellos países
que los exigen o para aquellos productos que están
excluidos del SGP, CBI y de la ALADI.
Estos certificados de origen se obtienen en el
CENTREX, para ser completado por el exportador,
quien lo presentará en CENTREX junto con la Solicitud
de Exportación para su autorización.
TRAMITES ADUANALES
Para poder llevar acabo estos trámites es necesario
tener la Partida Arancelaria y las consultas sobre
trámites de aduana, deben aclararse en las oficinas
de esa Dirección.
ENTIDADES DE REFERENCIA:
CENTREX
Alameda Juan Pablo II y 15 Av. Norte, San Salvador,
Tel. 281-8085 al 281- 8090, Fax: 281-8086.
RENTA DE ADUANAS
Blvd del Ejercito Nacional Km. 11 ½ Fte a IUSA.
Tel. 244-5000, Fax: 244-5004, 244-5249.
MINISTERIO DE ECONOMIA
Plan Maestro, Centro de Gobierno, Alameda Juan
Pablo II y Calle Guadalupe, Edificio C-1 y C-2,
Tel. 228-1122, San Salvador, El Salvador.
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