Si le interesa conocer información relativa al comercio internacional y las normas que rigen esta materia en Perú, esta sección puede resultar de utilidad.
A continuación mostramos los aspectos más relevantes sobre las operaciones de Exportación en Perú:
Requisitos |
Las personas jurídicas y naturales exportadoras deben contar con el RUC (registro único de contribuyente), excepcionalmente las personas físicas pueden realizar exportaciones sin RUC cuando: i) realicen en forma ocasional exportaciones de mercancías cuyo valor FOB por operación no exceda de US $ 1000.00 y siempre que registre hasta tres (3) exportaciones anuales como máximo; o ii) cuando por única vez en un año calendario exporte mercancías cuyo valor FOB exceda los US $ 1000.00 (el mismo que no podrá exceder de US $3000.00). |
Tributos |
Las operaciones de exportación no se encuentran gravadas con ningún tributo. |
Procedimiento |
Hay dos regímenes Exportación definitiva, Reexportación temporal para reimportación en el mismo estado. |
Beneficios |
Drawback (restitución de derechos arancelarios), Reposición de Mercancías con Franquicia Arancelaria, Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo y el Saldo a Favor del Exportador. |
Restricciones |
Existen varios productos de Exportación Prohibida o Restringida, dentro los cuales destacamos animales vivos de la fauna silvestre, plantas, pieles, entre otros, igualmente hay una serie de productos que requieren para su salida una autorización de otro sector. |
Para conocer estos productos con restriccions se puede consultar la subpartida arancelaria del producto en el siguiente link: http://www.aduanet.gob.pe/servlet/AICONSMrestri
De seguidas algunas características resaltantes sobre la Importación de mercancías en el Perú:
Requisitos |
Los importadores (personas jurídicas o físicas) deben contar con el RUC, sin embargo podrán importar sin RUC las personas físicas cuando: i) realicen en forma ocasional importaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de US $ 1.000,00 y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales como máximo; ii) cuando por única vez, en un año calendario, importen mercancías cuyo valor FOB exceda los US $ 1.000,00 y siempre que no supere los US $ 3.000,00; y iii) los miembros del servicio diplomático nacional o extranjero, que en ejercicio de sus funciones, importen sus vehículos y menaje de casa. |
Tributos |
Los aranceles están clasificados en 3 categorías 0%, 6% y 11%, según subpartida nacional; Derechos antidumping o compensatorios, (según producto y país de origen); Impuesto general a las ventas (IGV) 16%; Impuesto de Promoción Municipal (IPM) 2%; Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) (tasas variables, según subpartida nacional); Otros: derechos específicos, derechos correctivos provisionales, etc. |
Procedimiento |
-
Régimen de importación definitiva: el cual posee tres procedimientos
especiales Despacho urgente 15 días calendarios antes de la llegada del
trasporte y hasta los 7 días computados a partir del día siguiente el
término de la descarga), Despacho anticipado aduanero (15 días
calendarios antes de la llegada del trasporte) y Despacho excepcional
(dentro de los 30 días calendarios computados a partir del día
siguiente el término de la descarga). |
Beneficios |
La exoneración total o parcial de derechos arancelarios se rige por los acuerdos comerciales suscritos hasta la fecha. |
Restricciones |
Existen varios productos de Importación Prohibida o Restringida, dentro los cuales mencionamos cannabis, neumáticos usados, mescalina, entre otros, igualmente hay una serie de productos que requieren para su salida una autorización. |
Para consultar el tributo aplicable se sugiere revisar la subpartida arancelaria en el siguiente link: http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias
Para conocer los productos con restricciones se puede consultar la subpartida arancelaria del producto en el siguiente link http://www.aduanet.gob.pe/servlet/AICONSMrestri
El principal marco legal que regula el ingreso y salida de las mercancías en Perú puede ser consultado en los siguientes links:
Otras páginas de interés:
Sociedad de Comercio Exterior del Perú http://www.comexperu.org.pe/
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) http://www.sunat.gob.pe/
Asociación Peruana de Operadores Portuarios http://www.asppor.org.pe/asppor/
En Perú existen varias formas jurídicas para la creación de empresas, en la tabla siguiente se muestra las distintas formas y las principales características que poseen cada una de ellas:
Tipo de empresa |
No. de socios o accionistas |
Órgano societario |
Capital (aporte y división) |
Sociedad Anónima SA |
Mín. 2 máx. 750 |
-Junta General de Accionista |
Aporte en efectivo o bienes |
Sociedad Anónima Cerrada (con directorio) |
Mín. 2 máx. 20 |
-Junta General de Accionista |
Aporte en efectivo o bienes |
Sociedad Anónima Cerrada (sin directorio) |
Mín. 2 máx. 20 |
Junta General de Accionista |
Aporte en efectivo o bienes |
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada SRL |
Mín. 2 máx. 20 |
Junta General de Accionista |
Aporte en efectivo o bienes |
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada EIRL |
Máx. 1 |
-Titular |
Aporte en efectivo o bienes |
Igualmente, es importante conocer que a través de la página de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de la República de Perú https://www.sunarp.gob.pe/SintermediacionD.asp se puede hacer la constitución de empresas en línea, así como consultar o reservar la denominación o razón social de las empresas.